
ZU EMAKUMEA
PIVI
EL PLAN INDIVIDUAL DE VIDA INDEPENDIENTE
Es el documento mediante el cual las personas con diversidad funcional planifican las atenciones que han de recibir a través de un servicio de asistencia personal.
Dos ideas clave que se caracterizan:
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Las personas con DF son las protagonistas de la planificación, no solo son las destinatarias del servicio, sino que ellas son las responsables de un diseño y las que autogestionan el servicio.
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Para llevar a cabo el PIVI se necesita la figura del asistente personal, que será el apoyo que utilizarán para llevar a cabo su vida de forma independiente.
LA ELABORACIÓN Y AUTOGESTIÓN DEL PLAN
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PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PIVI: Se inicia cuando la persona con DF, que cumpla los requisitos establecidos, solicita un servicio de asistencia personal, generalmente en un Oficina de Vida independiente. Un equipo técnico valora la idoneidad de proporcionar el servicio y orienta a la persona demandante en la configuración del plan a la medida de sus necesidades. La persona detalla las tareas de asistencia personal que requiere, o cual se traducen en la cantidad de horas de servicio que necesita. Esto supone que el plan se diseña a su medida en cuanto a las necesidades que desea cubrir y la intensidad del servicio que desea recibir.
LA AUTOGESTIÓN DEL PLAN
La autogestión del plan conlleva una serie de competencias y responsabilidades, en las cuales seguirá contando con las orientaciones del equipo técnico.
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Realizar el proceso de selección y elegir y contratar a la persona que realizará las funciones de asistencia personal.
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Seleccionar las tareas y acordar los horarios.
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Entrenar a la persona elegida para que realice las actividades y los procedimientos de acuerdo a lo que la persona usuaria decida.
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Dar el visto bueno para el pago de su asistencia personal. Además, dispondrá de potestad para el despido en caso de que se considere que la persona contratada no es la adecuada.
ESTRUCTURA DEL PIVI
Formalmente la estructura del PIVI es parecida al Plan de Atención Individualizado, así como también lo son informaciones más importantes que recoge:
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Datos personales: nombre, DNI, dirección, teléfono, correo electrónico.
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Datos del domicilio: Se describe la vivienda, cómo accede a ella, con quién vive, etc.
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Definición de actividades. Se diferencia entre:
- Actividades que se realizan en la actualidad: si trabaja y/o estudia, si realiza deporte o actividades de participación social, etc.
- Actividades que se pretenden realizar en un futuro más o menos inmediato con el apoyo de la asistencia personal.
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Definición y detalle de las necesidades de asistencia personal. Soporte en las ABVD, en las AIVD, en acompañamientos, etc.
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Recursos humanos, técnicos y económicos de apoyo para llevar a cabo la intervención.
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Delimitación temporal: en la cual se estructuran los horarios diarios y los festivos.



















ROL PROFESIONAL
LA ASISTENCIA PERSONAL.
La pieza angular del Plan Individual de Vida Independiente es la asistencia personal, llevada a cabo por la figura del asistente personal.
Un asistente personal es aquella persona que ayuda a otra a realizar las tareas de la vida diaria que, por su situación, no puede ejecutar por sí misma.
La asistencia personal se consolida como un recurso de apoyo esencial de las personas con diversidad funcional para alcanzar su independencia. Esta figura aparece contemplada en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal.
TAREAS DE ASISTENCIA PERSONAL.
Las tareas de asistencia personal pueden ser muy variadas, dependerán de las necesidades de la persona usuaria y estarán pactadas previamente por ambas partes.
Desde el Foro de Vida Independiente se establece una clasificación de las grandes áreas en las que se pueden agrupar las diferentes áreas:
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Tareas personales: Engloba todas aquellas relacionadas directamente con la persona e incluye tareas de higiene, vestido, ingesta, descanso, medicación, etc.
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Tareas del hogar: Se refiere a las que se realizan dentro de la vivienda: ordenar la casa, limpieza, cuidado de la ropa, hacer la comida o atender a los animales o plantas.
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Tareas de acompañamiento: Incluye todas las relacionadas con el acompañamiento en diversas circunstancias: al trabajo, para la realización de gestiones, para la compra, en actividades de ocio, así como en viajes y en tiempo de vacaciones.
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Tareas de conducción: Supone la conducción del coche para la realización de diferentes tareas: acompañarla, recoger a otra persona, etc.
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Tareas de comunicación: Se refiere a la interpretación de un sistema alternativo de comunicación (SAAC) que la persona utilice para su comunicación.
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Tareas de coordinación: Son las relacionadas con la planificación del día a día y la ayuda de toma de decisiones.
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Tareas excepcionales: Incluye aquellas provocadas por una crisis, ya sea de tipo físico o psíquico, de la persona asistida. Supone la actuación de acuerdo a un protocolo previamente establecido para tales casos.
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Tareas especiales: Son actividades relacionadas con las relaciones sexuales, extendiendo las que implican el acompañamiento o ayuda en la preparación.
LA RELACIÓN ENTRE LA PERSONA USUARIA Y LA ASISTENTE
Hay que partir de la base que el asistente personal es un profesional que realiza una tarea a cambio de una remuneración económica.
Esta figura no está regulada por ningún tipo de convenio, lo más frecuente consiste en regular la relación y las condiciones de trabajo a través de un contrato en que la persona contratante es la persona con diversidad funcional y la contratada la que ejercerá las funciones de asistente personal.
Consideraciones a destacar:
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La relación que mantiene la persona usuaria con el asistente personal es una relación jerárquica del tipo jefe-subalterno.
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La persona usuaria toma las decisiones que considera oportunas, aunque estas sean equivocadas, desde la óptica del asistente, y este debe colaborar para que estas sean llevadas a cabo.
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Debido a la intensidad de la convivencia y al fuerte contenido emocional, la relación debe ser respetuosa y debe imperar el respeto mutuo.
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La/el asistente tiene sus derechos establecidos con antelación y su cometido se limita a las horas establecidas en su horario de trabajo.
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El/la asistente personal debe garantizar la privacidad de la persona usuaria.
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La confidencialidad es otro de los aspectos esenciales. El/la asistente no pondrá proporcionar ningún tipo de información privada sin su permiso, ni siquiera a los miembros de su familia.
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De esta manera las personas que ejercen de asistentes personales se ponen al servicio de la persona usuaria, pues es esta quien define y controla el desarrollo de las actividades para las que necesita la ayuda. Podríamos decir que la persona usuaria entrena a sus asistentes personales para que puedan responder adecuadamente a sus necesidades.
APOYO PERSONAL EN EL ÁMBITO ESCOLAR
La asistencia personal es un recurso de apoyo a personas con diversidad funcional, sin discriminar la etapa vital en la que se encuentre la persona, por lo tanto, cuando se trata de un niño o una niña, las condiciones de la asistencia tendrán unas peculiaridades.
Las finalidades de intervención en estos casos serán de atención integral, pero haciendo incidencia especialmente en el ámbito escolar y, más específicamente, en el de la educación escolar. En definitiva se pretenderá:
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Favorecer el desarrollo de su autonomía personal.
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Garantizar la participación en todas las actividades que se realicen.
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Mejorar su calidad de vida en las horas del funcionamiento del centro escolar.
Algunas de las funciones como auxiliares de educación especial son:
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Asistencia en los desplazamientos. Deberá ayudar a las necesidades de desplazamiento de las niñas y los niños usuarios con los soportes necesarios para su movilidad: Silla de ruedas, caminador, bastones o muletas, tanto en el aula y en el recinto escolar como también, cuando sea necesario, fuera del centro.
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Apoyo en los cuidados personales, que incluyen las ayudas que el o la profesional deberá proporcionar especialmente en actividades de higiene y la alimentación.
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Apoyo en los diferentes aspectos que la niña o el niño precisa para su participación efectiva a las diferentes actividades que el centro programan.
EL TÉCNICO O LA TÉCNICA EN ATENCIÓN A PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y LA ASISTENCIA PERSONAL
El técnico o la técnica en atención a las personas en situación de dependencia puede trabajar como asistente personal, ya que su perfil profesional cumple con todas las capacidades que debe tener dicha figura: Dar soporte en el desarrollo de la vida de la persona en situación de dependencia llevando a cabo todas aquellas tareas que, por su especificidad derivada de su propia diversidad funcional, necesite.
Entre ellas la realización de las tareas de la vida diaria, tanto del ámbito personal como del hogar, las de acompañamiento, las de organización y coordinación de las tareas de la vida diaria, aplicación de protocolos derivada de las situaciones propias de la persona asistida, etc.
Además de las capacidades técnicas, también va a precisar de una formación adicional y una asimilación de los contenidos fundamentales a entender la filosofía de la vida independiente. Las competencias de este profesional son muy diferentes a los perfiles requeridos para el trabajo en otros recursos como la atención domiciliaria o residencial.




























